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Países de la Unión Europea pueden restringir publicidad de servicios de salud para proteger a los pacientes

8 de octubre de 2016 - redactado por Od. Enrique A. López González - Redactor de Odontoespacio



El Tribunal de Justicia de la Unión Europea en un reciente informe, no vinculante, ha concluido que los Estados Miembros tienen potestad para restringir, con unos determinados límites, la publicidad sanitaria de los prestadores de servicios profesionales, como es el caso de los odontólogos.

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Tras una consulta realizada por el Tribunal de Primera Instancia de Bruselas, con motivo del procedimiento penal contra un odontólogo de Bélgica, acusado de haber realizado publicidad de prestaciones de tratamientos dentales vulnerando la normativa de este país, el cual prohíbe al profesional realizar de manera directa e indirecta publicidad de sus prestaciones al público, el abogado del Tribunal de Justicia de la UE, Sr. Ives Bot, ha presentado recientemente sus conclusiones.

En dichas conclusiones, el abogado indica que los Estados Miembros de la Unión Europea tienen potestad para llevar a cabo, sin vulnerar la normativa Europea, determinadas restricciones en la publicidad de los servicios profesionales y prohibiciones de las actividades comerciales, con el fin de proteger la salud y seguridad de los consumidores.

Para el presidente del Consejo General de Dentistas, el Dr. Óscar Castro, "estas conclusiones reafirman las tesis de nuestra organización colegial y abren una nueva vía para insistir ante las autoridades políticas y los diferentes Grupos parlamentarios que se lleve a cabo, de una vez por todas, una adecuada regulación nacional en materia de publicidad sanitaria, donde prevalezca la ética profesional, con una información rigurosa y veraz, en defensa de la salud de los ciudadanos."

Fuente: Gaceta Dental
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